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DESAPOSENTAÇÃO: CASO STJ bufete de abogados no es OBLIGATORIO PARA VALOR DEVUELTO
La jubilación es un derecho de propiedad disponibles y el fundamento de esto, el asegurado puede renunciar a ella para la nueva prestación más favorable. Este es el argumento central que llevó a la consolidación de la jurisprudencia de la Corte Superior de Justicia (STJ) para la admisión de su retiro para reemplazar a los antiguos de menor valor.
Sin embargo, hubo una investigación sobre los efectos de la entrega: una vez cancelado el retiro de edad si el asegurado a devolver las cantidades recibidas? Dos posiciones opuestas han surgido en el debate en la jurisprudencia, la obligación por la otra innecesaria.
La obligación se argumenta que la solidaridad que informa al sistema de seguridad social exige la devolución de las cantidades pagadas para mantener el equilibrio del sistema. Esta posición es todavía frecuente en TRF Región 4 (2009.70.03.000836-5, DJ 05/26/2010).
El Tribunal Supremo, sin embargo, acogió recientemente la tesis de la vuelta innecesaria de los valores. Argumenta que la renuncia es un derecho de los asegurados, y no exigir la devolución de los valores (Resp 1184410 de 04.13.2010). Este entendimiento se estableció en la Corte Suprema de Justicia, como se extrae de la sentencia del menú los últimos ejemplares:
"La renuncia de la jubilación para el uso del tiempo de contribución y beneficio de nueva concesión, ya sea en el mismo esquema o en cualquier otro negocio, sin importar la devolución de los valores percibidos" por el tiempo que el régimen general de jubilaciones, alimentos en la naturaleza, podría decirse que se debe "(PRAE 692.628/DF, Clase VI, Relator Ministro Nilson Naves, DJU de 05.09.2005). Componentes anteriores de las dos clases de la Sección Tercera. "
Los principales beneficiarios de esta tesis son los jubilados del INSS que continuaron trabajando (y contribuir) y luego se retiró y quiere hacer nuevas contribuciones en el cálculo de la jubilación. La combinación de un mayor número de contribuciones (a veces en cantidades superiores a las utilizadas en el beneficio), más largo y más alto resultado de la contribución de la edad, el sistema para calcular el factor de la Seguridad Social, la jubilación de mayor valor.
El INSS, sin embargo, ha rechazado las renuncias administrativa basada en el artículo 181-B del Decreto 3.048/99, que dice que las pensiones están "irreversible e irrevocable". Sin embargo, la jurisprudencia de la Corte Suprema rechazó la aplicación del Decreto, por considerar que la renuncia es la naturaleza del derecho que sólo puede ser restringido por ley. (FUENTE: www.stj.jus, br , RESP 310884/RS; Resp. No. 497683/PE, RMS N º 14624/RS, consulta 25/01/2012).
Las deudas contraídas en el matrimonio debe ser compartida
El Tribunal rechazó la solicitud del Estado para la pensión alimenticia a su ex esposa y determinado, así como la puesta en común de las deudas de la ex pareja, lo que confirma la sentencia dictada en el condado de Marau.
La Sentencia del Grado 1 fue concedida. La decisión fue confirmada por tjrs.
Caso
El autor se unió a la Justicia del proceso de separación con la acción, y compartir la comida de su ex esposa. La pareja se había separado hace dos años.
Previa solicitud, el ex marido tenía deudas para ser compartido, y son una deuda de alrededor de $ 4000, debido a la financiación para pagar por un piano como regalo a la hija de la pareja, así como la matrícula universitaria los jóvenes, el valor de R $ 346,00.
Sentencia
El proceso continuó en el Distrito de Marau. El ensayo se llevó a cabo por el juez Margot Cristina Agostini, la primera del Circuito Judicial del Foro Marau.
En la sentencia, el magistrado concedió la separación y determinó que la ex esposa del demandante debe dividir el costo de financiamiento de la deuda del piano, y al 50% del costo de la hija de la universidad.
Incluso sin la condición financiera muchos, es también el progenitor de los costos de los estudios de la hija, no puede eximirse de tal responsabilidad, dijo el juez.
La ex-esposa llegó a poner en duda que el piano era un don dado por su padre. Sin embargo, el magistrado dijo que, de estar casado en régimen de comunidad de bienes parcial en el momento en que la financiación se hizo, la madre debe tener la mitad de los gastos.
Incluso como un regalo de su padre, la madre debe ser responsable de la mitad de su pago, el magistrado dijo.
Jueza Cristina Agostini Margot ley también determinó que el demandante no está obligada a pagar parte de los alimentos de su ex esposa, ya que es joven (36 años), sano y capaz de trabajar.
No fue la decisión de la ex-esposa.
Apelación
En tjrs, el recurso fue desestimado por la Sala Civil 8. El relator Rui Portanova juez desestimó el recurso.
Según el magistrado, las deudas contraídas en el curso de la boda de su hija para pagar los estudios y la adquisición de un instrumento musical común para la niña, debe ser compartida.
El juez también señaló que su ex esposa es una persona joven con problemas de salud que no y poder trabajar.
El premio de la Sentencia del Grado 1 fue confirmada por unanimidad. También participaron en el juicio, los jueces de Brasil Santos y Luiz Felipe Felippe Alzir Schmitz, que acompañó el voto de la Juez Ponente. (Fuente: www.tjrs.jus.br , Recurso N º 70046156030, consultado el 25/01/2011)
No es posible a la conexión de la condición de encendido - la deuda antiguo inquilino
La Cámara Civil de la primera tjrs de Justicia confirmó la condena de Caxias do Sul, que confirmó el consumidor y ordenó al Rio Grande Energia S / A para abastecer de electricidad a la vivienda que ha alquilado. Negar la nueva conexión en el mismo lugar, la empresa alegó la existencia de deudas en nombre del inquilino anterior.
Tal como se define al juez Luiz Felipe Silveira, Relator, la solicitud de una nueva conexión no puede estar condicionada al pago de la deuda pendiente a favor de un tercero, si el propietario anterior de la propiedad. Nadie puede negar la legitimidad y el interés del autor para exigir la la restauración del servicio por supuesto, la transferencia de propiedad de la unidad de consumo a su nombre, dijo.
Los jueces Ireneo Maraschin Mariani y Jorge Santos de los votos, seguido por el ponente. (Fuente: www.tjrs.jus.br , AC 70045176179 de 01/02/2011)
Declaró inconstitucional la seguridad social, las tasas de impuestos de 11 a 14% - Estado de las Leyes Nos.: 13757 y 13758, el Gobierno de la RS.
Por voto unánime, tjrs Especial del Consejo de plano declaró la inconstitucionalidad de las Artes. 11 y 12 de las leyes estatales adicionales 13.757 y 13.758 números, establecer el ajuste de los tipos de pensión entre el 11 y el 14%, la reducción de la aplicación para aquellos que reciben salarios más bajos. La demanda fue presentada por la Oficina del Procurador General. La sustancia de la demanda será desestimada tras un período de instrucción.
La orden de que comenzara el juicio el 5 / 12, cuando 20 jueces siguieron la votación del Relator, José Francisco Moesch Juez, del recurso de protección, y fue suspendido a solicitud de vista de la causa por el juez Genaro Baroni José Borges. Durante la sesión de este lunes (19/12), el juez dio su voto también Genaro, tras la votación del ponente.
Genaro Juez observó que las tasas de impuestos como confiscatorio y ha determinado que no hay ningún cálculo actuarial de las tasas fijadas por la ley. Alícuota fue tomada al azar, de la falta de estudio actuarial consistente y confiable, dijo. También dijo que la adición a los impuestos existentes ya pagadas, la tasa de 14%, se llega a un nivel cercano al 50%, alcanzando los estándares de desarrollo económico insostenible y financiera, en la desafección en huelga con el principio de razonabilidad, ya que con el tiempo mediante la eliminación de los recursos de los contribuyentes para satisfacer sus necesidades básicas, la renta mínima de subsistencia.
Y el Presidente de la TJ, el juez Leo Lima, a la espera del voto del Juez Genaro, también votó con el ponente.
Para Moesch Juez, dio el voto en su reunión del 5 / 12, que integran las deducciones y la aplicación de un tipo único del 14%, el resultado en la práctica es la incidencia de un tipo reducido y progresivo. Observó que la progresiva impuestas por las tasas de impuestos diferentes y bases de cálculo requiere una autorización constitucional expresa.
Ejemplifica, de acuerdo con el salario base del impuesto las tasas de resultado en el 11%, que reciben hasta R $ 3,691.74, del 11 al 12,5% de R $ 3,691.74 R $ 7,383.48, y 14% de los que reciben más de R $ 7,383.48.
La ponente señala que él no está diciendo que la contribución a la seguridad social no es probable que aumente. Lo que se pone de relieve, dijo, es que la imposición de impuestos aumentó de respetar las normas de la razón y se establecerá en las bases de moderado, lo que, en mi opinión, no es el caso, ya que no se ha demostrado la necesidad del aumento efectivo del porcentaje del 14% (...)
Señaló que para los servidores que se incorporen al servicio público después de la fecha de vigencia de la ley, incorporación al sistema de capitalización financiera (FundoPrev), la tasa de contribución a la seguridad social se mantuvo en 11%, incluyendo el Estado, sin un estudio técnicos y actuariales para justificar, de manera convincente, que la diferencia en el bienestar de tratamiento.
Efecto retroactivo
Y por una mayoría de 22 votos contra 1, también después de la votación del Relator, el Cuerpo Especial consideró que la declaración de inconstitucionalidad de las disposiciones se refieren a partir de la promulgación de la ley. El juez Arístides Pedroso de Albuquerque Neto entendió que la decisión tendría consecuencias sólo de la prueba, ya que es la apreciación de una medida cautelar. (Fuente: www.tjrs.jus.br , ADI 70045262581, 12/20/2011)
Ministro admite queja solicita que el servidor para la conversión de la URV diferencia debida - PRESCRIPCIÓN
Ministro Gonçalves Benedicto XVI, el Tribunal Superior de Justicia (STJ), admitió demanda de verificar la correcta aplicación del Resumen de Apelaciones Colegio 85/STJ del Circuito Judicial de la 22a Itapetininga en Sao Paulo. Este tribunal sostuvo que la discusión de los salarios de conversión de la URV de los funcionarios públicos de la ciudad se ve obstaculizada por la prescripción de cinco años.
Un resumen de la STJ 85 establece que "las relaciones en las que el Tesoro se está endeudando, cuando se les niega el derecho reclamado, la prescripción alcanza sólo los pagos adeudados antes de cinco años de la presentación de la demanda".
En este caso, la universidad decidió que el debate de apelación de la conversión de valores en la URV se vio afectada por la prescripción. El reconocimiento de los servidores de la derecha, de acuerdo con decisiones a nivel local podría poner en riesgo el presupuesto público.
Para el ministro de Benedito Gonçalves, al parecer, de hecho, no hay diferencia entre la decisión de la clase de apelaciones y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, sobre todo teniendo en cuenta el contenido de un proyecto de ley del reportaje del Ministro Humberto Martins (Ag 1.426.266/RS) , que se citan numerosos precedentes sobre el tema.
El reclamo debe ser evaluada por la Sección Primera. (Fuente:. Reclam 7474 www.stj.jus.br ., pub 14/12/2011)
Unión tendrá que pagar $ 100,000 en daños y perjuicios a los padres de los reclutas que se ahogó en el cuartel
La Sala Segunda del Tribunal Superior de Justicia (STJ) confirmó la condena de la Unión a pagar una indemnización de 100.000 dólares a los padres de los soldados que murieron ahogados en el cuartel, mientras que el servicio militar obligatorio. Para el Tribunal Federal de la Región 4 (TRF4), el Ejército no permitirá que un grupo de militares en traje de baño condujo al río.
El accidente ocurrió en el año 2005, el Batallón de Ingenieros número 12 en Alegrete (RS). Al juzgar las acciones de los padres del soldado, el juez dictaminó que no había ninguna conexión causal entre el servicio militar y la muerte. Sin embargo, el TRF4 dijo que la Unión ha incurrido en culpa al no permitir el paso de los soldados en traje de baño Ubirapuitã hacia el río. Sólo después del accidente fueron los letreros que prohíben el acceso al sitio.
De acuerdo con el TRF4, fue omisión doble, señalización y control, lo que podría haber prevenido la muerte. Los soldados han llegado incluso a través de los centinelas, sin previo aviso o alerta. También de acuerdo con la TRF4, mediante la eliminación del grupo de jóvenes de la familia y social en que se insertó en el servicio militar, el ejército asumió la obligación de velar por su integridad física.
La característica especial de la Unión se le negó el seguimiento por el ponente, el ministro Herman Benjamín, porque la Suprema Corte no podía revisar la evidencia en el caso de cambiar con el tiempo la comprensión de TRF4 sobre las circunstancias de la muerte.
Sin embargo, la UE apeló la decisión del ponente, obligando al juicio de los demás ministros de la Segunda Clase. Para la Unión, el uso previsto de reevaluar la evidencia ante la Corte, se autoriza a la pertinencia de los recursos. Pero los ministros, en una decisión unánime, rechazó los argumentos.
"La falta de argumentos de expertos para cambiar los motivos de la decisión se convierte ahora en la comprensión agravado ileso firmado. Por lo tanto, se habla de la decisión de reparación ", dijo el ponente.
"Es imposible, por tanto, examinar la tesis del recurso extraordinario, que busca disipar las hipótesis de hecho establecidas por esta sentencia", agregó. Para el Grupo Especial, la Unión desea revisar realmente los hechos y pruebas, que no es posible en un atractivo especial.
Los ministros también entiende que el monto de la indemnización no es insignificante o abusivo, no hay ninguna razón para cambiarlo. (Resp 1199025, Fuente: www.stj.jus.br , consulta 12/12/2011).
Mujer condenada por fraude ex-novio
La Justicia de Río de Janeiro a indemnizar a una mujer del ex-novio que engañan al decir que tuvo un hijo con él. Según la demanda, la pareja tuvo una relación rápida y entonces el hombre era buscado y dijo ser el padre del niño.
Él se había registrado al niño y comenzó a pagar una pensión de $ 100 mensuales. La madre obstaculizado la interacción entre el niño y su ex novio, quien pidió una prueba de ADN y resultó ser un engaño.
En su defensa, la mujer dijo que creía que el autor fue el padre de su hijo y nunca exigió que se reconozca la menor, decidió voluntariamente, de modo que no se opuso a la prueba de ADN exigido comida y no tener nunca actuado de buena fe.
Por unanimidad, la Cámara Civil 10a del Tribunal de Justicia confirmó la decisión-RJ, en primera instancia, pero redujo el monto de la indemnización de $ 15.000 a $ 10.000. Defensa de la mujer puede apelar la decisión.
Según el Relator, el Juez Gilberto Dutra Moreira, "el problema no se limita al pago de alimentos, en este caso, se redujeron de forma voluntaria y fijo, pero el gran impacto que esto tiene en la historia de la vida de un hombre, más allá de la implicación emocional obvia el autor con el niño en una situación que ha sido perpetuado por lo menos tres años. "
En conjunto, el estudio reconoció que "el daño fue causado por la retención por el presente documento recurrente, el secreto con respecto a la segunda relación, este secreto que causó el daño no sólo el padre sino también el más bajo." (Proc. N º 0222314 -02.2010.8.19.0001 - Fuente: www.tj-rj.gov.br , 08/12/2011).
Conductor absuelto de la acusación sumaria
El juez Luis Antonio de Abreu Johnson, el sustituto de la Corte segunda de lo Penal del Distrito de Lajeado sumariamente absuelto reo acusado de conducir ebrio, teniendo en cuenta que no había pruebas para una condena basada en el artículo 397, fracción III del Código de penal.
La denuncia presentada por los fiscales asignados al acusado del delito de conducir un vehículo en la vía pública bajo la influencia del alcohol en virtud del artículo 306 del Código de Tránsito Brasileño, basado en la declaración de la evidencia de intoxicación elaborado por los agentes de la Comisaría de Policía carretera pavimentada federal. El acusado se negó a realizar la prueba de etilômetro (prueba de aliento).
Decisión
En resumen, el magistrado decidió que después de la modificación del art. CTB 306, operada por la Ley N º 11.705/2008, sólo la prueba técnica (prueba de aliento o de sangre) es capaz y capaz de medir la concentración de alcohol en el cuerpo humano (nivel de alcohol en la sangre de dosimetría - la concentración de alcohol por litro de sangre menos de 6 decigramo), no pagar por ello de cualquier examen (test del motor, los signos vitales, estupor, entusiasmo, entre otros estudios) o el testimonio de los testigos (los signos visibles de intoxicación), ya que los fiscales trataron de en el caso a juicio.
El magistrado llegó a la conclusión, por tanto, el caso de absolución, porque no puede haber condena penal ni juicio y sin la evaluación de los peritajes necesarios de embriaguez. Por lo tanto, se decidió por la absolución de los acusados, sin pruebas de un elemento circunstancial del delito de conducir ebrio. Al final, la decisión de enviar el archivo de la Corte Penal Especial del Distrito de Lajeado se calcula delito de desobediencia (delitos de menor potencial ofensivo). Apelar la sentencia. (Fuente: www.tjrs.jus, br , Caso N º 21100016670, Asfaltado del Condado, RS, 23/11/2011)
Suspendido tasa de contribución del 14% en los dos IPERGS acciones
El juez Mauricio Duarte Alves, el 11 de la Tesorería de Porto Alegre, concedió una medida cautelar para suspender el aumento del 14% en la tasa de IPERGS de pensiones, manteniendo el 11% actual. La decisión fue tomada en dos demandas, presentadas por la Unión de Jubilados y Pensionados de Empleados Públicos (SINAPERS) y tres de otros autores, el logro de los solicitantes.
El juez concedió la medida cautelar suspendiendo los efectos de los artículos 11 y 12 de la Ley N º 13.757/11 complementarios y el Estado 13.758/11. Considerando, en particular, la fuerza de la verosimilitud de los argumentos de inconstitucionalidad, incluso con la acción directa de inconstitucionalidad (ADI) presentada por MP / RS, ya distribuidos a tjrs Especial de la Junta, evitando así las pérdidas de ambas partes, con cualquier de la repetición indebida, reflexionó.
Progresividad fue declarada inconstitucional por el juez, quien dijo que el establecimiento de diferentes tipos y bases de cálculo requiere la autorización constitucional explícita, es una excepción a los límites de la potestad tributaria. Dijo que aunque la aritmética gimnasio realizadas por estas secciones para poner de relieve la tasa de 14% y el 21,43% de deducer como la progresividad único, Exsurge inconfundible, ya que distintas fórmulas diseñadas para la composición de las diferentes bases, los salarios de la escalada contribución de la mayor, igual o inferior al techo del RGPS.
El juez también revisó la tasa de aumento de la confiscación conjunto. Señaló que la capacidad de pago no se limita sólo a los descuentos en nómina, como cada año, usted paga impuestos sobre la propiedad y los impuestos del automóvil, y toda la carga de las transferencias indirectas de ICMS, IPI y el ISS, que grava los productos y servicios. Las tasas impositivas se practica en Brasil eliminó cualquier posible margen de aumento de los impuestos debido a la capacidad de la gente agotada, especialmente los funcionarios públicos retención en la fuente, pensó.
También señaló la necesidad de considerar el binomio: Necesita la capacidad del sistema contributivo y el asegurado. La § 5 del art. 195 de la Constitución establece que no hay beneficios o servicios de la seguridad social puede ser creado, aumentado o prolongado, sin la correspondiente fuente de financiamiento total. Por lo tanto, para un aumento de las prestaciones exige un aumento en los valores de las contribuciones, manteniendo el equilibrio en la fuente de financiación. En consecuencia, ninguna disposición legal para aumentar los beneficios, lo que justificaría las contribuciones adicionales? Me preguntó. (Fuente: www.tjrs.jus.br ., Proc 11102745791 11102885917 y)
El juicio del médico de Michael Jackson y la Justicia brasileña
Terminó días en Los Angeles el juicio del médico de Michael Jackson, Conrad Murray, acusado de homicidio involuntario por la cantante, después de cinco semanas de testimonios para aclarar cómo la muerte de la estrella ocurrió hace dos años.
Esta prueba rápida y exhaustivamente demuestra cómo la impunidad es aborrecida por los estadounidenses, a pesar de todas las críticas que se pueden realizar en el sistema anglosajón de procedimiento penal.
Un proceso similar se completó recientemente en Brasil, después de casi treinta años de suspenso, los recursos y las idas y venidas en los tribunales superiores. El resultado es muy claro la lentitud del proceso de justicia penal, junto con los procedimientos de recursos calificados y la alta rotación de los jueces lleva a la prescripción de los delitos y la consiguiente impunidad.
(...)
Los recientes debates buscan reformas legislativas y más reformas. Pero una cosa no hay duda: el aliado de los llamados garantiza criminal estrategias procesales de defensa bizantina, en la mayoría de los casos, la impunidad alimenta.
Las lecciones de la prueba de resonancia médico de Michael Jackson en América Latina, cuyo penales democracia procedimental no ha llegado a los tribunales brasileños. El dicho "los que ya no puede llorar menos" es una realidad en elegacias y prisiones, en el que el poder económico se impone por delante de la justicia penal.
La doctrina de procedimientos, relacionados con el garante de la defensa contradictoria y llena de una decisión definitiva, se retira de una sociedad justa en la que las diferencias de clase social no son determinantes en el juicio. Después de todo, no somos iguales ante la ley (?).
El reflejo de esta se hace sentir expresivo de la protección de los delitos contra la propiedad privada, más seguro, y la impunidad creciente de los políticos y funcionarios públicos sobre los crímenes cometidos en detrimento de las arcas públicas, sostenida en toda la sociedad.
Inelegibilidad e indisponibilidad de los bienes son sólo un pequeño retorno en comparación con las leyes penales de los países altamente desarrollados que castigar de manera ejemplar la corrupción.
El Derecho Penal y Procesal Penal en Brasil tiene mucho que aprender de la reciente juicio de médico de Michael Jackson, a pesar de la convicción de que el jurado de siete hombres y cinco mujeres imputada de forma rápida y fundamentada.
Para Claudio Henrique de Castro, profesor y abogado de la ley. Publicado por el Ministerio Público, 08/11/11 , Fuente: http://promotordejustica.blogspot.com
